LO QUE TODOS LOS CIUDADANOS Y CIUDADANAS TENEMOS QUE SABER..
La Federación Local de Asociaciones de Vecinos de Leganés, estamos desarrollando una campaña para que esta Ley, aprobada en diciembre del 2006, que reconoce un nuevo derecho universal: el derecho a la promoción y atención a las personas en situación de dependencia, se aplique a todas las personas dependientes en sus diferentes grados de dependencia.
LO QUE TODOS LOS CIUDADANOS Y CIUDADANAS TENEMOS QUE SABER
Cuáles son los requisitos básicos para ser titular de los derechos establecidos en la Ley. • Ser español (o tener residencia legal en España), encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos por la ley y residir en territorio español.
Los grados de dependencia que contempla la Ley.
• Grado I de dependencia moderada: cuando la persona necesita ayuda una vez al día. • Grado II de dependencia severa: cuando la persona necesita ayuda dos o tres veces al día. • Grado III de gran dependencia: cuando la persona necesita ayuda varias veces al día y necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona.
Que prestaciones y servicios regula: • Ayuda a domicilio, tele asistencia, centros de día y de noche, plazas residenciales y ayudas técnicas.
Qué documentación tenemos que presentar para la valoración • Un certificado de empadronamiento, una fotocopia del DNI, un informe de salud que nos darán en los centros de salud. Donde dirigirnos para tramitar esta documentación • A los servicios sociales municipales de Leganés, o en el distrito correspondiente, en el caso de Madrid capital. Qué plazo hay para presentar la documentación • No existe plazo para su solicitud, se puede hacer en cualquier momento. Cómo y quien reconoce la situación de dependencia y el derecho a las prestaciones del Sistema • Una vez tramitada la documentación, un técnico de la CAM, nos visitará y realizará el informe sobre el que se basarán para determinar el grado de dependencia. Realizada esta valoración, la CAM emitirá resolución en la que se determinará el grado y nivel de dependencia y los servicios o prestaciones económicas que correspondan. El reconocimiento de la situación de dependencia tendrá validez en todo el territorio del Estado.
Cómo se financia este servicio • A partes iguales entre la administración central (el gobierno) y las Comunidades Autónomas
Cuándo se hacen efectivos los derechos a las prestaciones de dependencia previstas en la Ley
La ley prevé una puesta en marcha gradual, priorizando los casos más dependientes en este orden:
• En el 2007: personas valoradas con Grado III, gran dependencia, niveles 2 y 1.
• En el 2008-2009: personas valoradas con Grado II, dependencia severa, nivel 2.
• En el 2009-2010: personas valoradas con Grado II, dependencia severa, nivel 1.
• En el 2011-2012: personas valoradas con Grado I, dependencia moderada, nivel 2.
• En el 2013-2014: personas valoradas con Grado I, dependencia moderada, nivel 1.
Si tienes alguna duda pásate por los locales de la asociación de tu barrio. Incorpórate a luchar con nosotros apoyando la campaña de recogida de firmas. Denuncia los retrasos en la tramitación de las solicitudes a través de las asociaciones de vecinos o los servicios sociales municipales.
¡! POR LA CONSTRUCIÓN DE RESIDENCIAS CON GESTIÓN PUBLICA EN LEGANES YA!!
Federación Local de Asociaciones de Vecinos de Leganés. Leganes enero 2010
LO QUE TODOS LOS CIUDADANOS Y CIUDADANAS TENEMOS QUE SABER
Cuáles son los requisitos básicos para ser titular de los derechos establecidos en la Ley. • Ser español (o tener residencia legal en España), encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos por la ley y residir en territorio español.
Los grados de dependencia que contempla la Ley.
• Grado I de dependencia moderada: cuando la persona necesita ayuda una vez al día. • Grado II de dependencia severa: cuando la persona necesita ayuda dos o tres veces al día. • Grado III de gran dependencia: cuando la persona necesita ayuda varias veces al día y necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona.
Que prestaciones y servicios regula: • Ayuda a domicilio, tele asistencia, centros de día y de noche, plazas residenciales y ayudas técnicas.
Qué documentación tenemos que presentar para la valoración • Un certificado de empadronamiento, una fotocopia del DNI, un informe de salud que nos darán en los centros de salud. Donde dirigirnos para tramitar esta documentación • A los servicios sociales municipales de Leganés, o en el distrito correspondiente, en el caso de Madrid capital. Qué plazo hay para presentar la documentación • No existe plazo para su solicitud, se puede hacer en cualquier momento. Cómo y quien reconoce la situación de dependencia y el derecho a las prestaciones del Sistema • Una vez tramitada la documentación, un técnico de la CAM, nos visitará y realizará el informe sobre el que se basarán para determinar el grado de dependencia. Realizada esta valoración, la CAM emitirá resolución en la que se determinará el grado y nivel de dependencia y los servicios o prestaciones económicas que correspondan. El reconocimiento de la situación de dependencia tendrá validez en todo el territorio del Estado.
Cómo se financia este servicio • A partes iguales entre la administración central (el gobierno) y las Comunidades Autónomas
Cuándo se hacen efectivos los derechos a las prestaciones de dependencia previstas en la Ley
La ley prevé una puesta en marcha gradual, priorizando los casos más dependientes en este orden:
• En el 2007: personas valoradas con Grado III, gran dependencia, niveles 2 y 1.
• En el 2008-2009: personas valoradas con Grado II, dependencia severa, nivel 2.
• En el 2009-2010: personas valoradas con Grado II, dependencia severa, nivel 1.
• En el 2011-2012: personas valoradas con Grado I, dependencia moderada, nivel 2.
• En el 2013-2014: personas valoradas con Grado I, dependencia moderada, nivel 1.
Si tienes alguna duda pásate por los locales de la asociación de tu barrio. Incorpórate a luchar con nosotros apoyando la campaña de recogida de firmas. Denuncia los retrasos en la tramitación de las solicitudes a través de las asociaciones de vecinos o los servicios sociales municipales.
¡! POR LA CONSTRUCIÓN DE RESIDENCIAS CON GESTIÓN PUBLICA EN LEGANES YA!!
Federación Local de Asociaciones de Vecinos de Leganés. Leganes enero 2010
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